PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO DE LA GENERALITAT VALENCIANA 2015
José A. Fuentes Giménez.
Carla Alberola Ruiz de Adana.
El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana publicó el día 2 de febrero de 2015 la resolución, del Director General de Tributos y Juego, por la que se aprueban las directrices generales del Plan de Control Tributario de la Generalitat.
Un año más se publica este Plan de Control Tributario, que se consolida como un instrumento de planificación imprescindible para garantizar la eficacia del funcionamiento del sistema financiero y así consolidar el nivel de control de la actuación administrativa dirigida tanto a la prevención como a la represión del fraude fiscal.
Siguiendo la línea determinada por los planes de control en años anteriores, consta de unas directrices generales que se materializan en la definición de las áreas de riesgo fiscal de atención prioritaria, practicando dentro de cada programa de control, comprobaciones tanto en el área de gestión como inspección.
La actuación autonómica en estas áreas de riesgo fiscal de atención prioritaria, de acuerdo con las directrices generales del plan de control tributario, se concretan en cinco ámbitos, requiriendo no sólo nuevas competencias normativas sino también exigiendo modificaciones en el régimen financiero autonómico.
En virtud de lo anterior, en este plan, que disciplina la realización de actuaciones de control tributario para este año 2015, conforme a las directrices generales, se concretan las siguientes áreas de actuación:
1.- Tributos cedidos por el Estado respecto de los cuales la Generalitat no ostenta competencias en los ámbitos de gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión, se modifican determinadas normas:
2.- Tributos cedidos por el Estado respecto de los cuales la Generalitat ha asumido competencias en materia de gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión, en concreto se modifican en materia de tributos:
3.- Tributos cedidos por el Estado y que comparte competencias inspectoras con la Generalitat, incidirá en las áreas de riesgo, relacionadas con el impuesto sobre el patrimonio, así como en:
4.- El plan parcial de actuaciones en el marco del procedimiento de recaudación.
Recoge las actuaciones de todos los tributos, es decir, tanto los propios como los cedidos a las comunidades autonómicas.
5.- Tributos propios, distinguimos tres programas de actuación:
5.1.- Plan relativo al canon de saneamiento, este se estructura en tres sub-apartados:
5.2.- Plan relativo a los impuestos medioambientales, para llevar a cabo el debido control de este plan, atendiendo, por una parte, el Plan de control del impuesto sobre actividades que inciden sobre el medio ambiente y por otro lado, el plan de control del impuesto sobre eliminación de residuos de vertederos.
5.3.- Plan de control del Impuesto sobre eliminación de residuos en vertederos, el objeto de este plan tiene como finalidad comprobar que la declaración de alta en el censo de titulares de explotación de vertederos, realizada por los contribuyentes, sea legítima.
Marzo de 2015